Estas son las únicas justificaciones para manejar sin licencia de conducir y no ser multado. De acuerdo a la Ley, es obligatorio portar la ...
Estas son las únicas justificaciones para manejar sin licencia de conducir y no ser multado.
De acuerdo a la Ley, es obligatorio portar la licencia de conducir para manejar por las calles del país. ¿Pero qué se puede hacer cuando ocurre alguna situación en la conduces sin el documento?
En Chile, de manera obligatoria, todas las personas que desean manejar un vehículo motorizado de manera legal deben portar la licencia de conducir al momento de circular por las calles del país.
El documento, entregado por la Dirección de Tránsito (DT) de las municipalidades chilenas, debe estar siempre en las pertenencias de los conductores, de lo contrario, en caso de ser sorprendido manejando un automóvil sin la licencia de conducir, arriesgan multas económicas.
Sin embargo, existen situaciones en que las personas que no porten su licencia de conducir pueden zafar de la infracción.
¿Cuáles son las excusas para librar multa por manejar sin licencia de conducir?
De acuerdo al Artículo 5 de la Ley de Tránsito 18.290, hay excepciones en que los conductores que no portan el documento, pueden salvarse de ser multado:
Conductores que portan un permiso provisional que los Tribunales podrán otorgar únicamente a quienes tengan su licencia retenida por proceso pendiente.
Aquellos que portan una boleta de citación al Juzgado, dada por los funcionarios que se refiere el artículo 4° de la ley, en reemplazo de la licencia o del permiso referido.
Si el conductor cuenta con una licencia o permiso internacional vigente para conducir vehículos motorizados, otorgado al amparo de tratados o acuerdos internacionales en que Chile sea parte.
Aquellos alumnos en práctica de las escuelas de conductores que, acompañados de un instructor habilitado, lo hagan en vehículos de la escuela.
Los postulantes a la licencia de conducir que estén realizando el examen práctico acompañado de un funcionario municipal habilitado.
Conductores de 18 o más años de edad que conduzcan vehículos motorizados de tres ruedas, cuya velocidad máxima no exceda los 30 kilómetros por hora.
Cabe recalcar que estas son excepciones que no reemplazan el permiso legal para conducir.