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Rio Cautín Contaminado: Denuncia ciudadana, aún percisten cañones de descargas residuales y otros en algunos lugares del Río

Denuncia ciudadana #Lautaro Aún percisten tubos de desagües de aguas servidas o cañones de descargas residuales y otros en algunos lugares ...



Denuncia ciudadana #Lautaro
Aún percisten tubos de desagües de aguas servidas o cañones de descargas residuales y otros en algunos lugares de #Lautaro, nos envían estas fotos de la zona sur del río Cautín sector entre Torre 10 Santa Ana y karmac.

Cabe destacar que esto ya no esta permitido y hay leyes que protegen a los rios, lagos y mares en Chile


En Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) está el “Portal Ciudadano de Denuncia” que insta a la comunidad a denunciar vía online cuando vea afectada su calidad de vida y/o de su familia a causa de algún impacto ambiental.

El usuario deberá ingresar al sitio web Denuncias de la SMA y digitar su “ClaveÚnica”, sistema que el Estado ha creado para acceder a los servicios digitales de distintas instituciones. Una vez completado el formulario, se enviará un comprobante al correo electrónico del denunciante. A su vez, la persona podrá acceder al sistema para ver cómo avanza el proceso, las fiscalizaciones o requerimientos de información que la SMA ha solicitado en el marco de la investigación. Si se abre un proceso de sanción, el denunciante tendrá los efectos legales de interesado en el proceso.


¿Qué es la Ley de humedales urbanos?
La Ley Nº21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos tiene por objeto regular de manera específica los ecosistemas de humedales dentro de áreas urbanas (humedales total o parcialmente dentro del límite urbano) e introducir en la legislación nacional, el concepto de humedales urbanos, en virtud de la gran relevancia que estos ecosistemas tienen para las ciudades, como áreas verdes, espacios para la recreación, control de inundaciones, mitigación al cambio climático, entre otros; y las fuertes amenazas bajo las cuales se encuentran.


Esta normativa busca asegurar la protección de los humedales que se encuentren total o parcialmente dentro del radio urbano, declarados por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) bajo la figura de “humedal urbano”, de oficio o a petición de los Municipios.

Asimismo, la Ley entrega a los municipios herramientas concretas que permitirá proteger los humedales urbanos, a través de la elaboración de Ordenanzas Generales para la protección de humedales urbanos y la postergación de permisos de subdivisión predial, loteo, urbanización y de construcciones. Además, esta ley modificó la LBGMA N° 19.300 en el Art. 10, literales p), q), r) y crea una nueva letra s), y establece que los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente deben ser incluidos en los Instrumentos de Planificación Territorial a toda escala como “área de protección de valor natural”.

¿Qué es el Reglamento de la ley de humedales urbanos?
El 24 de noviembre del 2020 entra en vigencia mediante Decreto N°15 del Ministerio del Medio Ambiente, el Reglamento de la Ley Nº21.202 que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos. Este Reglamento tiene por objeto establece los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, para el resguardo de sus características ecológicas y su funcionamiento, y la mantención del régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, integrando las dimensiones sociales, económicas y ambientales. Asimismo, establece el procedimiento mediante el cual el Ministerio del Medio Ambiente declarará humedales urbanos a solicitud de los municipios o de oficio, de conformidad con los preceptos de la Ley Nº 21.202.

¿Cómo se realiza la declaración de humedales urbanos?
A partir de lo establecido en la Ley de humedales urbanos 21.202, (Art. 1°), el Ministerio del Medio Ambiente podrá declarar humedales urbanos a través de dos procedimientos: 1) de oficio de MMA o 2) a petición de el/los municipio/s respectivo/s. El Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses respecto a la declaratoria de humedal urbano.

La declaración de humedales urbanos de oficio se realizará a través de un Procesos de Declaración a nivel nacional, considerando representatividad de iniciativas por región y una planificación a dos años para su implementación. La implementación de los procesos será coordinada por el Departamento de Ecosistemas Acuáticos de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad, en conjunto con las Secretarias Regionales Ministeriales (SEREMI) del Medio Ambiente.

La tramitación de solicitudes de humedales urbanos realizadas por municipios se realizará en las respectivas seremis del medio Ambiente, acorde al siguiente procedimiento:

OIRS Subsecretaría: (56-2) 257 35 800