Ya es ley: estos son los trámites que no necesitarán pasar por notaría. Cabe mencionar que se sumará el reemplazo del trámite notarial por ...
Ya es ley: estos son los trámites que no necesitarán pasar por notaría.
Cabe mencionar que se sumará el reemplazo del trámite notarial por la firma electrónica avanzada o la clave única.
La Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que reduce o suprime los trámites notariales, lo que permite que apoderados generales de local presenten un poder simple en vez de un poder notarial.
En la instancia, destacaron que es un avance al facilitar el acceso de las personas a varios trámites. Cabe mencionar que se sumará el reemplazo del trámite notarial por la firma electrónica avanzada o la clave única.
Por otra parte, el ministro de Justicia, Luis Cordero, indicó que este proyecto refuerza la agenda de productividad. Asimismo, informó que la reforma mayor al sistema notarial se encuentra en plena tramitación y volverá en los próximos meses a la Cámara.
Estos son los trámites que se modifican y que eliminará en distintos cuerpos legales el requisito de reducir instrumentos a escritura pública o de autorizarlos ante notario, cuando no sea estrictamente necesario:
Permisos de alteración y de edificación de viviendas económicas,
Concesión de servicio público de distribución de gas.
Poder suplente de agente de aduanas.
Delegación de facultad del deudor para absolver posiciones en el procedimiento concursal.
Nombramiento del Comité de administración del condominio o acuerdo de administración conjunta de dos o más condominios.
Enajenación de cuotas de participación de las cooperativas de vivienda.
Contrato de representación en propiedad intelectual y transferencia de derechos de autor.
Resoluciones de concesiones eléctricas, solicitudes de pescadores artesanales en una misma área de manejo y varias materias relacionadas al Código de Aguas.
Certificado de la liga profesional que otorga carácter de socia a Sociedades Anónimas Deportivas.
Declaración jurada para cancelación de registro a la Superintendencia de Salud.
Documentos probatorios de requisitos de ingreso a la administración del Estado.