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Luego de tres años y cuatro meses de tramitación en el Congreso, el proyecto de ley que fortalece al Servicio Nacional de Consumidores (Sernac), fue despachado en tercer trámite de la Cámara de Diputados.

Las nuevas facultades del Sernac que debutarán en seis meses. Luego de tres años y cuatro meses de tramitación en el Congreso, el proyecto d...

Las nuevas facultades del Sernac que debutarán en seis meses.

Luego de tres años y cuatro meses de tramitación en el Congreso, el proyecto de ley que fortalece al Servicio Nacional de Consumidores (Sernac), fue despachado en tercer trámite de la Cámara de Diputados. La iniciativa, una de las más emblemáticas de esta administración, introduce modificaciones sustantivas que otorgan a la entidad nuevas facultades normativas, fiscalizadoras y sancionadoras, entre otros.


Al respecto, el ministro Rodríguez Grossi aseguró que “hemos logrado una ley que va a ayudar a los consumidores a ser respetados por el mercado y también a la economía en general, porque en la medida que los agentes económicos se comporten bien, le va mejor a la economía y por eso estamos muy contentos”.

El director del Sernac, Ernesto Muñoz, celebró la aprobación del proyecto (ver entrevista) y precisó que la nueva ley entrará en vigencia seis meses después de ser promulgada, por lo que de todas formas “el próximo gobierno será quien implemente la normativa”.

En contraste, las nuevas atribuciones del Sernac son vistas de manera crítica desde el sector privado, calificándolas de “excesivas” y, en algunos casos, incluso incompatibles. Así lo sostuvo, por ejemplo, el titular de la CPC, Alfredo Moreno, quien señaló que “lo que más preocupa es que este servicio pasa a concentrar una gran cantidad de facultades, varias incompatibles entre sí y que comprometen su independencia”.

Mayor fiscalización

Entre los principales cambios introducidos por el proyecto, uno de los puntos que más se destaca es la normativa que obligará a las empresas a responder los reclamos de consumidores, ya que de no hacerlo recibirán una sanción del Servicio.

En este sentido, si la respuesta no fuera satisfactoria, la nueva normativa abre un nuevo espacio de conciliación para que se llegue a acuerdos que sean satisfactorios para ambos, dando preferencia a una reparación por sobre la imposición de multas. Hasta hoy, ante esta situación el consumidor tenía que acudir al Juzgado de Policía Local. En paralelo, la iniciativa añade facultades fiscalizadoras que permitirán al Sernac indagar con mayor facilidad incumplimientos de las empresas.

Suben las multas

El proyecto de ley aumentó el techo de las multas -y elimina los piso0s- respecto a lo que actualmente existía en los distintos tipos de infracciones, llegando hasta un máximo de 2.250 UTM (actuales $ 105 millones, aproximadamente) en el caso de prácticas que pueden afectar la salud, seguridad y medio ambiente o derechos fundamentales. En este ámbito, la ley actual contemplaba una multa deentre 750 UTM y 1.000 UTM.

Mientras, la modificación también incluye multas hasta las 1.500 UTM por prácticas con impacto potencial en un número masivo de consumidores, y hasta 750 UTM por prácticas abusivas con impacto potencial en un número acotado de consumidores, entorpecimiento al ejercicio de facultades del Servicio. Esto último actualmente se sancionaba con 400 UTM.

Facultades normativas

Por su parte, el proyecto de ley le otorga al nuevo Sernac la posibilidad de dictar normas -facultad que no tenía actualmente- lo que a juicio de Economía, “permitirá que las empresas tengan un marco conocido para ordenar su comportamiento, dándoles certezas sobre cuál es la conducta esperada de su parte”. En esta línea, el proyecto elevó el plazo de prescripción de seis meses a 2 años y establece que éste se contabilizará desde que haya cesado la infracción.

Cabe destacar que, además, la iniciativa contempla que las asociaciones de consumidores podrán entregar asesoría jurídica a los consumidores, realizar mediaciones individuales a solicitud de un consumidor y también realizar conciliaciones individuales, junto con eliminar la prohibición de reclamar indemnización por daño moral en procedimientos colectivos.

Al respecto, el presidente de la Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu) señaló que “esta es una gran noticia ya que se fortalece la institucionalidad y las asociaciones de consumidores, levantando las odiosas restricciones que hasta el momento impedían su normal funcionamiento”.